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Lo que los padres pueden hacer. El marco legal (Revista Cuadernos de Pedagogía) EL MARCO LEGAL La Ley General de Educación (1970) abrió la posibilidad de que los padres de alumnos creasen asociaciones (Art. 5.5), cuyos fines debían ser complementar y apoyar las tareas escolares. Este tipo de participación, más o menos amplia según las características de cada centro, tenía unos límites muy concretos: en ningún caso se reconocía el derecho a intervenir en la gestión de la escuela. En el contexto social y político en que nacieron estas «asociaciones de padres de alumnos» (APAs) se convirtieron rápidamente en plataformas reivindicativas y se incorporaron a la lucha por la democracia. La Constitución (1978) reconoció, por primera vez, el derecho de padres, profesores y alumnos a participar en la gestión y el control de la escuela pública: «Los profesores, los padres y en su caso los alumnos intervendrán en la gestión y el control de los centros sostenidos por la administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca» (27.7). La primera concreción de este derecho fue la Ley Orgánica 5/80 de 19 de junio, Estatuto de Centros Escolares (LOECE). En el artículo 18.1. de esta ley se decía «en cada centro docente existirá una Asociación de Padres de Alumnos (...) a través de la que ejercerán su participación en los órganos colegiados del mismo». En el Art. 26, donde se especifica la composición del Consejo de Dirección dice: «cuatro representantes elegidos por la Asociación de Padres de Alumnos» (26.1.f). Las APAs eran reconocidas como canal legal para la intervención de los padres en la gestión de los centros. Contra esta ley se interpuso un recurso de inconstitucionalidad que, entre otras cuestiones, planteaba que el art. 18 citado anteriormente condicionaba la participación de los padres en el Consejo de Dirección a su pertenencia a la APA y que, por tanto, era contraria al principio de libertad de asociación. El 24-2-81 la sentencia del Tribunal Constitucional declaro «la inconstitucionalidad y consiguiente nulidad del art. 18.1.». Esta sentencia, en lo referente a las APAs, tuvo dos consecuencias importantes: · se recogía en la Ley la posibilidad de crear más de una APA en cada centro; · el canal para acceder al Consejo de Dirección era la elección directa y no las APAs. Las APAs volvían a quedar al margen, al menos formalmente, de la gestión de las escuelas. La participación de los padres a partir de la LODE La LODE reconoce, al igual que la LOECE, el derecho de los padres a crear APAs. Pero siguen sin ser el canal para acceder al Consejo Escolar del centro. En cambio, las Federaciones y Confederaciones de APAs son el cauce para acceder a los Consejos Territoriales en sus diferentes ámbitos y al Consejo Escolar del Estado. Las funciones de las APAs tal como las define el art. 5.2. de la LODE son estas: «asistir a los padres o tutores sobre todo aquello que concierne a la educación de sus hijos o pupilos», «colaborar en las actividades educativas de los centros» y «promover la participación de los padres de alumnos en la gestión del centro». Se ha dicho que las APAs eran entidades obsoletas, reducidas a la organización de actividades extraescolares. También se ha dicho que la LOECE primero y la LODE después eran la «muerte» de estas asociaciones, al marginarlas del Consejo Escolar. A pesar de esto, pensamos que una lectura no restrictiva de las funciones de las APAs, sobre todo teniendo en cuenta «la opción por un sistema educativo moderno, en el que una comunidad escolar activa y responsable es coprotagonista de su propia acción educativa» tal como dice el Preámbulo de la LODE abre nuevas posibilidades a la acción de las APAs: · Informar a los padres sobre las funciones del Consejo, las cuestiones prioritarias que se están debatiendo en cada momento y recoger sus aportaciones; crear las estructuras organizativas que faciliten y agilicen la participación de los padres (delegados de curso, comisiones, etc.) son, entre otras cosas, tareas que no corresponden a los maestros ni a la administración. Deben asumirlas los padres y es evidente que no pueden hacerlo a título individual. El papel de la APAs será decisivo para hacer que la participación de los padres en la gestión de los centros docentes deje de ser puramente simbólica como hasta ahora, si se cumplen una serie de condiciones: · se garantice la comunicación entre el Consejo y la Junta de APA. · se replanteen los objetivos a priorizar desde las APAs. · aumente la formación de los miembros de las Juntas de APA respecto a la organización y gestión de las mismas. · los representantes de los padres del Consejo utilicen las estructuras de las APAs para informar, consultar y recoger las inquietudes de los padres. LA PARTICIPACIÓN Que los padres participan en la educación de sus hijos es evidente: formal o informalmente transmiten valores, pautas de conducta, hábitos y actitudes. Por otra parte, esperamos de la escuela que los alumnos alcancen «el máximo desarrollo de su personali-dad», «la formación en el respeto de los derechos y libertades democráticas» o la «preparación para participar activamente en la vida social». Y esto no puede conseguirse al margen de lo que sucede en la familia, ni tampoco, no nos engañemos, al margen de los medios de comunicación o del entorno social. Si nos ceñimos al marco escolar únicamente, lo cierto es que hoy en día participar en la educación de los hijos ha adquirido, al menos formalmente, una nueva dimensión: participar en la escuela. Es difícil delimitar con claridad qué queremos decir cuando hablamos de «participación de los padres en la escuela», porque... ¿Qué hacen realmente los padres en la escuela? ¿Qué deberían hacer? La respuesta a esta última pregunta es, sobre todo, una cuestión ideológica. Si pensamos en un modelo según el cual lo deseable es que la familia delegue sus funciones educativas, la participación de los padres tiene un momento clave: la elección del centro escolar que más se ajuste a la ideología y las creencias familiares. Teóricamente, y a partir de esa elección, bastará seguir las pautas que se fijen desde el mismo y esperar los resultados. Podríamos plantearnos de inmediato si es posible multiplicar y diversificar la oferta escolar a estos extremos y qué ocurre entonces con los centros públicos... Si por el contrario, priorizamos los aspectos más «técnicos» de la educación y pensamos que la escuela debe ocuparse de instruir a los alumnos fundamentalmente, queda bien claro que los padres, como no-profesionales de la enseñanza podrán aportar bien poco. Su «participación» se circunscribirá a aquello que pueda complementar el trabajo escolar programado íntegramente por los maestros: talleres, explicación de algún tema relacionado con su profesión, facilitar alguna visita, acompañar a los alumnos en las salidas... En una línea mucho más pragmática, ocurre que la aportación de recursos económicos se convierte a menudo en otra forma de participar. La penuria en que se han movido hasta ahora muchos centros públicos ha hecho que los padres asumieran la compra del material del centro o el pago de profesores de gimnasia, de música, de idiomas, etc. Cuando la escuela no responde a sus supuestas funciones, a las expectativas de los padres, se crean clases paralelas en horario extraescolar. Es la «escuela sumergida». Así los alumnos pueden aprender a escribir a máquina, informática, técnicas de estudio o aquellos conocimientos «realmente importantes» para encontrar trabajo en el futuro. Tal vez hayamos simplificado excesivamente lo que es hoy la participación de los padres, de algunos padres. En cualquier caso y si creemos que es posible una gestión participativa y un control democrático de los centros escolares, la pregunta deja de ser «qué pueden hacer ellos» (los padres) y pasa a ser «qué podemos hacer entre todos» (la comunidad educativa). No se trata de «ceder» o «perder poder» ante los padres, sino de trabajar por unos objetivos comunes, cada uno desde su ámbito, propuestos y asumidos por todos. En estos momentos, puede ser difícil plantear este enfoque de la participación sin un trabajo paralelo de información, formación y reflexión dentro de cada colectivo. Si los maestros, que en mayor o menor medida disponen de recursos y espacios propios, encuentran serias dificultades, qué no sucederá con los padres o con los alumnos. Por eso adquieren tanta importancia las actividades y servicios para padres que diferentes instituciones están desarrollando desde hace tiempo: Escuelas Activas de Padres, Servicios de Orientación y Asesoramiento a padres, cursillos y actividades para las APAs, etc. En muchos casos se trata de iniciativas municipales, que dependen de departamentos de enseñanza, equipos psicopedagógicos, etc. También las Federaciones de Asociaciones de Padres y la Confederación Española de Asociaciones de Padres han empezado a ocuparse de la formación y dinamización de los padres.
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